¿Que hacer ante el no pago de las rentas de arrendamiento?

TÉRMINO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO

 1.-  ¿Qué hacer cuando no pagan las rentas del arrendamiento al arrendador?
Es una de las causales que establece la ley para poner término al contrato de arrendamiento.


      2.- ¿Qué requisitos debo cumplir para poner fin al arrendamiento?
Lo primero que debe hacer el arrendador es el desahucio, la noticia anticipada del término del contrato de arrendamiento que de conformidad a la nueva Ley de arriendo debe hacerse con a lo menos dos meses de anticipación, salvo que las partes hayan pactado otro plazo.


      3.- ¿Cómo puede ser el desahucio?
Debe ser puesto en conocimiento del arrendatario por notificación judicial o bien a través de una notificación efectuada por un notario.


4.- ¿Qué pasa si no se realizo a través de ninguna de las formas         establecidas por la ley?
Existe la alternativa de realizarla al momento de presentar la demanda de terminación del contrato de arrendamiento por falta de pago en las rentas, en la que se solicita al tribunal que haga la declaración.


5.- ¿Es muy largo el juicio de arrendamiento?
La ley señala que es un juicio sumario, una vez presentada la demanda el tribunal fija fecha de audiencia al quinto día hábil de notificada la demanda. Ésta es una audiencia de conciliación, si no hay conciliación se recibe la causa aprueba una vez rendida la causa queda para estado de ser fallada. El tribunal generalmente fija un plazo de 15 días hábiles desde la notificación de la sentencia para hacer el desalojo, pudiendo el demandado por motivos graves solicitar una prórroga hasta por 30 días.



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