La mediación ante los tribunales de familia


LA MEDIACIÓN:

1.- ¿Qué es la mediación?
Es un sistema de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos.

2.- ¿En qué materias es obligatoria la mediación?

·         Materia de Alimentos (demanda, aumento, cese, rebaja de alimentos).
·         Cuidado personal (tuición)
·         Relación directa y regular (visitas).
 Antes de la presentación de cualquier demanda sobre estas materias es necesario recurrir a un mediador familiar para que las partes lleguen a un acuerdo, en caso contrario se sigue la vía normal y se demanda ante los tribunales de familia.

3.- ¿Qué pasa con el resto de las materias?

Existe la mediación facultativa o voluntaria, que consiste en intentar alcanzar un acuerdo en otras materias que las señaladas anteriormente, estás materias son:
·         Aspectos relacionados con la crianza de los hijos.
·         Asuntos relacionados con la patria potestad.
·         Compensación económica.
·         Autorización para salir del país.
·         Declaración de Bienes Familiares.
·         Separación Judicial de Bienes.


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