La mediación ante los tribunales de familia
LA MEDIACIÓN:
1.- ¿Qué es la mediación?
Es un sistema de resolución de conflictos en el que
un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador ayuda a las partes
a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante
acuerdos.
2.- ¿En
qué materias es obligatoria la mediación?
·
Materia de
Alimentos (demanda, aumento, cese, rebaja de alimentos).
·
Cuidado
personal (tuición)
·
Relación
directa y regular (visitas).
Antes de la
presentación de cualquier demanda sobre estas materias es necesario recurrir a
un mediador familiar para que las partes lleguen a un acuerdo, en caso
contrario se sigue la vía normal y se demanda ante los tribunales de familia.
3.- ¿Qué
pasa con el resto de las materias?
Existe la mediación facultativa o voluntaria, que
consiste en intentar alcanzar un acuerdo en otras materias que las señaladas
anteriormente, estás materias son:
·
Aspectos
relacionados con la crianza de los hijos.
·
Asuntos
relacionados con la patria potestad.
·
Compensación
económica.
·
Autorización
para salir del país.
·
Declaración
de Bienes Familiares.
·
Separación
Judicial de Bienes.
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